Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios.

Martes 1° de agosto de 2017

Fallo favorable al descanso dominical en Rafaela

La titular del Juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, María José Alvarez Tremea, se pronunció a favor de la ley 13.441. El juicio fue entablado por un conocido establecimiento comercial de esa ciudad.
Tratándose del primer decisorio judicial sobre la «cuestión de fondo» en el orden local, la letrada consideró constitucional la norma porque se encontraba comprendida dentro de las potestades provinciales y por tanto no afectaba el régimen federal de distribución de competencias. Asimismo, el fallo aseguraba que la prohibición de trabajo durante los días domingos y feriados no era una regulación directa de elementos inherentes al contrato de trabajo o al ejercicio del comercio, pues la jornada de trabajo y el ejercicio del comercio solo indirectamente se veían afectados. Y destacaba que la regulación de los horarios de los comercios era materia de competencia de las provincias y de los municipios en forma concurrente, pues era materia no delegada y formaba parte del poder de policía en sentido amplio, orientado al bienestar general. Según la jueza, muchas veces esa facultad regulatoria de estados locales se encontraba influida por los usos y costumbres de cada provincia, muchas veces influenciado por el clima. Ello importaba que, incluso cada tipo de municipio o comuna, enfrentara una realidad diferente.
Ingresando en el análisis de "razonabilidad" y de "necesidad" de la ley provincial, la magistrada sostuvo: "No es lo mismo un descanso compensatorio que un descanso dominical, aún cuando ambos cuenten con igual cantidad de horas". Refiriendo al funcionamiento de escuelas, oficinas públicas, organizaciones de eventos, agregó: "quien quiere compartir un tiempo en familia o amigos tiene muchas más posibilidades de hacerlo el día domingo…".
En los primeros meses de abril, la causa fue iniciada por el propietario de un conocido comercio multirrubro de la zona, con orientación principal al expendio de artículos de almacén y alimentos. Y la demanda fue dirigida, como en todos los juicios desarrollados cuestionando la ley, tanto hacia el Municipio local como al Gobierno de la provincia.

Fuente: Diario La Opinión