Lunes 16 de julio de 2018
Multas a Sadaic por precios excesivos en los aranceles de derechos de autor
A instancias de una investigación realizada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, la Secretaría de Comercio de la Nación multó a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música por más de $ 42 millones de pesos, por valores desmedidos en los aranceles de derechos de autor que pagaban los hoteles y otros establecimientos que ofrecían alojamiento.
Además de implicar una mejora en la competitividad del sector turismo, esta medida posibilitaba la reducción de los aranceles por derechos de autores y compositores cobrados por la reproducción secundaria de contenidos de TV y música en los hoteles, según el presidente de la CNDC, Esteban Greco. Se definía a la reproducción secundaria como la emisión de obras artísticas en los televisores que tenían instalados los hoteles.
Además, la Secretaría de Comercio recomendó la revisión de los cuadros arancelarios o las normativas aplicables a los usuarios que efectuaban ejecución pública de obras y derechos conexos, especialmente en aquellos casos en que un mismo usuario, categoría o grupo de ellos debían abonar derechos a más de una sociedad de gestión colectiva, y la disparidad de los aranceles o su fórmula de cálculo, o bien su acumulación, podía tener un impacto irrazonable sobre la actividad económica desarrollada.
El análisis de la medida
La CNDC hizo una comparación internacional de los aranceles que se pagaban por la reproducción de obras musicales y el resultado de la investigación determinó que en Argentina se pagaba entre siete y nueve veces más que el promedio de los países de referencia (Chile, Paraguay, México, Colombia, Venezuela). Comparado con España, algunos hoteles pagaban 16 veces más.
Estos aranceles implicaban un pago de un canon por derechos de autor por reproducción de música en estos establecimientos. Con la metodología de cálculo utilizada por SADAIC, en la práctica, cada hotel debía pagar el canon por tener televisores en las habitaciones, independientemente de si la habitación había sido o no ocupada y efectivamente se hubieran reproducido obras musicales.
Los aranceles eran más altos para hoteles de mayor cantidad de habitaciones, pero en todas las categorías se observó un desfasaje sustancial respecto a precios internacionales, afectando al sector hotelero en su conjunto. En algunos casos se encontraron acuerdos con asociaciones de hoteles por región y estacionalidad de la ocupación de las habitaciones. Por ejemplo, los hoteles de Mar del Plata no pagaban el arancel todo el año por el supuesto de que no tenían plena ocupación fuera de temporada. Así, según su pertenencia o no a una región o asociación, a algunos hoteles SADAIC les cobraba sin tener en cuenta la ocupación y a otros establecimientos, no.
La multa de $ 42 millones representa el 10% de la facturación obtenida por SADAIC entre 2009 y 2014 (hasta cuando estaba probada la práctica ilegal) en concepto de reproducción secundaria de obras musicales.
Fuente: Argentina.gob.ar