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Lunes 7 de octubre de 2019

MIPyMES pueden pagar en octubre obligaciones de la Seguridad Social con el saldo de libre disponibilidad del IVA

Está plenamente vigente el mecanismo para utilizar el saldo de libre disponibilidad de IVA para cancelar hasta 20 % de las Contribuciones de la Seguridad Social del periodo fiscal septiembre de este año, que vencen en este mes. La transacción está habilitada hasta el 31 de octubre
La medida alcanza a contribuyentes que, al momento de utilización del saldo favor de libre disponibilidad, registren la condición de Micro y Pequeñas Empresas inscriptas en el “REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES” de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo.
La solicitud se realiza a través de la transacción “Afectación a Seguridad Social” del Sistema de Cuentas Tributarias, y en tanto no existan observaciones al saldo y cumplan con todos los requisitos dispuestos en la normativa, esta afectación produce efectos desde el momento de la presentación y no puede generar saldo a favor del contribuyente.
Para efectuar la solicitud debe tener presentada la declaración jurada del SICOSS del período fiscal a afectar y no registrar falta de presentación de declaraciones juradas de IVA por periodos no prescriptos.
AFIP aclara que la resolución de la Comisión Federal de Impuestos mencionada en una nota de un diario no limita la aplicación de estos beneficios para los contribuyentes.
La aplicación de este mecanismo de compensación no afecta de ningún modo la coparticipación federal de impuestos.

Fuente:  AFIP